CODINUCyL gana el pleito contra la constitución de la asociación autodenominada Consejo
CODINUCyL, al igual que CODINUCOVA, CODINAN, CODINMUR y CODINCAM, ha ganado el pleito interpuesto a la asociación autodenominada "Consejo Oficial".
El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha declarado nulos los actos de “constitución como Consejo” de la Entidad con forma jurídica de asociación presidida por la Sra. Dª. Alma Palau.
Estas nuevas cinco Sentencias se corresponden a cinco procedimientos en los que se ha practicado prueba, cosa que no sucedió en el primero de los litigios instados por algunos de los Colegios, y entran a valorar la legalidad intrínseca del proceso “de constitución” emprendido por la citada Asociación, tras haberse liquidado, por la voluntad de los representantes 6 Colegios contra el criterio de los 7 restantes existentes en ese momento, la Comisión Gestora, el 10 de marzo de 2018.
Las cinco nuevas Sentencias dicen literalmente, entre otras cosas, lo siguiente:
“Consiguientemente la convocatoria de la Asamblea General y Elecciones a la Comisión Ejecutiva (primer acto impugnado del que derivan los siguientes) en fecha 3 de Febrero de 2019, efectuada por la Sra. Alma Ferré adolece de vicio de nulidad de pleno derecho del articulo 47.1 letra b) y al propio tiempo conforme a la prescripción de la letras e) de la LPCAP, por haberse realizado la convocatoria por quien no tenía potestad para hacerlo: la suscribe una persona cuando había dejado de miembro de la Comisión Gestora...".
La firmeza de estas Sentencias, que esperamos se produzca, aunque se haya presentado escrito de anuncio de recurso de casación, por entender, una vez estudiado el mismo, que carece manifiestamente de fundamento, implicará la inexistencia en derecho de todo el proceso en el que se embarcó la Asociación que se autodenomina “Consejo Oficial”.
CODINUCyL forma parte activa del Consejo que tiene la forma jurídica que la Ley exige, entidad a la que nadie ha cuestionado en derecho. Desde el Consejo estamos trabajando por la profesión; por ello, invitamos a que se valoren las acciones que desde éste hemos ido realizando:
- En los últimos meses hemos avanzado en el impulso de los proyectos que hemos definido como estratégicos para la profesión en nuestro informe de reivindicaciones, que podéis solicitar a CODINUCyL por correo electrónico con vuestro nombre, apellidos y número de colegiación.
- Se ha aprobado el Código Deontológico de la profesión de dietista-nutricionista, teniendo en cuenta la situación de la colegiación de nuestro colectivo, con extracto de toda la deontología legal relevante (LOPS, Ley 41/2002, General de Sanidad y General de Salud Pública), de acuerdo con el informe jurídico que:
Hemos presentado a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso, promoviendo la revisión y aclaración del panorama legal vigente constituido por el artículo 3 de la vigente Ley de Colegios estatal y la Disposición Transitoria 4ª de la Ley “Ómnibus”, teniendo presente toda la legislación de todas las Autonomías y la Jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional. - Hemos conseguido entrar a formar parte de la Sectorial de Sanidad de ATA, constituyendo con otros Consejos de profesiones sanitarias participar de una interlocución directa con la Administración. Aquí puedes consultar la noticia de la firma del convenio de colaboración entre el CGCODN y ATA.
- Hemos conseguido, tras ser recibidos al efecto en el SEPE, la revisión de parte de los programas del SEPE que favorecían de forma indirecta el incremento del riesgo de intrusismo, con modificación del Catálogo de Especialidades Formativas en relación a cinco formaciones: Nutrición y dietética, código SANP020PO, Nutrición y dietética deportiva, código SANP021PO, Nutrición y dietética en el anciano, código SANP022PO, Nutrición y dietética en los niños y adolescentes, código SANP023PO y Salud, nutrición y dietética, código SANP034PO.
- Hemos elaborado un informe jurídico motivado relativo a la revisión de normas esenciales para la profesión, en las que nadie había puesto el foco y que constituyen los dos grandes cuellos de botella de la incorporación plena del dietista-nutricionista al SNS, como son los Reales Decretos de cartera de servicios del SNS (1030/2006) o de Centros y establecimientos sanitarios (1277/2003).
- Hemos redactado y publicado el Manual de referencia para el futuro de la profesión, basado en nuestra historia, en el que se identifican toda una serie de claves y herramientas para el futuro de la profesión: además de las anteriores, hay mucha más información útil y muchos objetivos predefinidos para impulsar nuestro futuro.
- Desde el Consejo no hemos hecho más que recoger el testigo del trabajo de los Colegios, que han logrado en solitario objetivos que nos parecían inalcanzables hace poco, y como conjunto, algunos de ellos, pudieron, en diciembre de 2021, conseguir uno de los logros históricos de la profesión, la confirmación por el Tribunal Supremo de la STSJ M 14893/2019 (sentencia ganada al Consejo de Enfermería), que ha constituido el hito de elevar a competencias profesionales (algo que habían negado los Tribunales en anteriores intentos) las de nuestra Orden CIN/730/2009, lo que abre un nuevo futuro de lucha contra el intrusismo y en el reconocimiento legal de nuestra competencia -en general- de la mano de nuestras competencias: “Éstas son pues las competencias (…) que ejercen los dietistas-nutricionistas en su actividad profesional, y que las demás profesiones sanitarias (…) deben reconocer y respetar de conformidad con lo dispuesto en el mismo artículo 7 de la LOPS”.
Además de defender desde el Consejo nuestra posición siempre en alegación de motivos basados en derecho e intentado hacer una defensa honesta de nuestro parecer y de nuestra opinión, seguiremos actuando conforme a la naturaleza que nos es propia con atención a los fines legalmente atribuidos, defendiendo la profesión con honestidad y convicción.
Esperamos que el conflicto tenga un final en breve, de cara a recuperar la unidad que nunca debimos perder.
Esperamos que la corporación de derecho público que representa a la profesión a nivel nacional recupere la voz que le ha sido injustamente arrebatada (en los estatutos provisionales) en favor de una persona jurídica cuyos cargos son autónomos de los democráticamente elegidos por todas y todos.
Esperamos conseguir muchas cosas más juntos.
Juntos seremos no solo más: seremos mejores, y tendremos el sentido de hacer profesión por y para todas y todos los dietistas-nutricionistas.