El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reconoce el derecho de los dietistas-nutricionistas a acceder a plazas de Biología en Secundaria

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reconoce el derecho de los dietistas-nutricionistas a acceder a plazas de Biología en Secundaria

El TSJCyL ha estimado el recurso de CODINUCyL

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Castilla y León (CODINUCyL), reconociendo el derecho de los titulados en Nutrición Humana y Dietética a optar a puestos docentes de Biología y Geología en Educación Secundaria.

La Sentencia 1109/2025, de 17 de octubre, resuelve a favor de CODINUCyL el recurso presentado contra la Orden EDU/1406/2023, de 4 de diciembre, por la que la Consejería de Educación convocó los procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria y profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional.

El Colegio reclamaba la inclusión del Grado en Nutrición Humana y Dietética en el listado de titulaciones que habilitan para el desempeño de puestos docentes interinos en la especialidad de Biología y Geología, en igualdad de condiciones que el resto de titulaciones sanitarias reguladas por la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS).

Desde CODINUCyL se argumentó que los planes de estudio de Nutrición Humana y Dietética, regulados por la Orden CIN/730/2009, contemplan una formación en Biología muy superior a la mínima exigida para el acceso a la citada especialidad docente, llegando incluso a duplicar el nivel requerido en algunos contenidos.

Desde el Colegio subrayamos además la importancia del acceso a listas de interinidad como vía habitual para obtener experiencia docente y, posteriormente, acceder de forma definitiva a la función pública a través de los procesos de oposición, en los que la experiencia previa constituye un mérito determinante. Por este motivo, CODINUCyL consideraba que la exclusión de su titulación suponía una discriminación injustificada y un obstáculo a la progresión profesional de los dietistas-nutricionistas interesados en la docencia.

El fallo del TSJCyL supone un precedente relevante en el reconocimiento de las competencias académicas y profesionales de los dietistas-nutricionistas, reforzando su papel dentro del ámbito educativo y científico.

Desde CODINUCyL mostramos nuestra satisfacción con la resolución judicial y expresamos nuestra voluntad de seguir trabajando en el reconocimiento de las competencias del colectivo y en la colaboración con las administraciones públicas para evitar la necesidad de recurrir a la vía judicial en cuestiones claramente amparadas por el derecho.

Esta sentencia pone en valor la solidez de nuestra formación universitaria y reafirma el lugar que los dietistas-nutricionistas deben ocupar también en el ámbito educativo. Confiamos en que este reconocimiento facilite futuros avances en el desarrollo profesional de nuestro colectivo.

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