¿Qué ley avala la necesidad de estar asegurado?
La Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) Artículo 40.3. Los servicios sanitarios de titularidad privada estarán dotados de elementos de control ( …) con los siguientes principios (… ) g) Garantizar la responsabilidad civil profesional bien a través de entidad aseguradora, bien a través (… ) Artículo 46. Cobertura de responsabilidad. Los profesionales sanitarios que ejerzan en el ámbito de la asistencia sanitaria privada, así (… ) vienen obligados a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad ( ) que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios. ( ) el supuesto de profesiones colegiadas, los Colegios profesionales podrán adoptar las medidas necesarias para facilitar a sus Colegiados el cumplimiento de esta obligación.
El CÓDIGO CIVIL Artículo 1902. El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado. Artículo 1904. El que paga el daño causado por sus empleados puede repetir de éstos lo que hubiese satisfecho. (…) Artículo 1911. Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros.
El CÓDIGO PENAL. Artículo 116. Toda persona criminalmente responsable de un delito o falta lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios. Si son dos o más los responsables de un delito o falta los Jueces o Tribunales señalarán la cuota de que deba responder cada uno.